¿CÓMO OBTENGO O ACTUALIZO MI RNT?

Tabla de contenido

1. ¿Por qué es importante el RNT?

La inscripción en el Registro Nacional de Turismo (RNT) es un requisito previo y obligatorio para que los prestadores de servicios turísticos inicien sus operaciones. También es requisito para acceder a cualquier beneficio tributario destinado al sector turismo.

Ten presente que para la obtención del Registro Nacional de Turismo (RNT) te han de pedir contar con RUT.

2. ¿Quiénes se encuentran en la obligación de inscribirse?

Cada prestador de servicios turísticos debe inscribirse en el RNT. Son prestadores de servicios turísticos, entre otros, los hoteles, apartahoteles, hostales, centros vacacionales, campamentos, glamping, refugios, albergues, viviendas turísticas y otros tipos de alojamiento turístico.

Si tienes dudas sobre si eres prestador de servicios turísticos o a cuál categoría de prestador de servicios turísticos perteneces,  te recomendamos revisar con tu asesor especializado si encuadras en la definición de prestador de servicios turísticos.

De acuerdo con el parágrafo 1 del artículo 3 de la Ley 1101 de 2006 y conforme algunos pronunciamientos de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) donde se han mencionado que los servicios de vivienda turística son aquellos que se prestan por periodos inferiores a 30 días, se puede entender que recibir aunque sea una reserva por menos de 30 días, suponga la necesidad de estar registrado en el RNT y debe entonces mostrarse el número en tus anuncios.

Recuerda que puedes ajustar la duración de las estadías en tu calendario.

  • Ingresa a Airbnb como anfitrión, y selecciona tu anuncio.
  • Haz click en la pestaña ‘Precios y disponibilidad’, baja hasta ‘Duración del viaje’, y en ‘Estadías mínimas’ ajusta según tu criterio.

Adicionalmente, ten en cuenta que es muy importante revisar por tu cuenta las obligaciones que tendrías como prestador de servicios turísticos, así como en general toda la información aquí contenida, ya que esta página es meramente ilustrativa, que no puede considerarse como un asesoramiento jurídico o legal, y puede no contener toda la información disponible o no actualizarse en tiempo real con las últimas disposiciones.

3. No tengo RNT, ¿cuál es el proceso para realizar la inscripción?

Antes de empezar a tramitar tu RNT, debes revisar que cumplas estas condiciones:

  1. Asegúrate de que la actividad económica que está en tu RUT coincida con la actividad de servicios turísticos que vas a registrar en el RNT. Si eres una compañía, revisa que también coincida el objeto social o actividad económica que está en tu registro mercantil o registro de entidades sin ánimo de lucro.
  1. Si el inmueble o establecimiento está ubicado en San Andrés, Providencia y Santa Catalina, antes de registrarte en el RNT debes registrarte y obtener un permiso de la Secretaría de Turismo departamental.
  1. Si se trata de un establecimiento de alojamiento turístico (por ej. Hoteles, albergues, hostales) en Isla Fuerte, Islas del Rosario, Islote Santa Cruz, Múcura, Ararca, Barú, Santana, Bocachica, Caño del Oro, Punta Arena y Tierrabomba en el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias, ten presente que el espacio  debe contar con el uso de suelo autorizado. La cámara de comercio a cargo del RNT verificará este hecho con la Alcaldía correspondiente.
  1. Si prestas un servicio de vivienda turística en un edificio o conjunto sometido al régimen de propiedad horizontal, asegúrate de que las unidades que lo integran estén autorizadas por los reglamentos para la prestación del servicio de alojamiento turístico. Te pedirán declararlo al momento de efectuar el registro.

Asimismo, recuerda que, si prestas un servicio de vivienda turística en um edificio o conjunto sometido al régimen de propiedad horizontal, ten en cuenta que al momento de efectuar el registro deberás declarar se las unidades que o lo integren estén autorizadas por los reglamentos para la prestación del servicio de alojamiento turístico.

Una vez verificado lo anterior, puedes proceder al registro.

A continuación, haremos un paso a paso del mismo.

  1. Debes registrarte en la siguiente página https://rnt.confecamaras.co/registrar y diligenciar la información correspondiente
  1. Selecciona el tipo de RNT. Recuerda que deberás solicitar la inscripción por cada espacio que compartas.

Si no eres comerciante, debes seleccionar la opción “Inmueble” y registrar los datos del espacio  donde prestarás el servicio turístico.

Si eres comerciante, debes elegir la opción de establecimiento de comercio.  Recuerda que éste debe estar inscrito previamente en la Cámara de Comercio correspondiente. 

  1. Si eres comerciante, busca tu establecimiento de comercio.

El sistema mostrará la información del establecimiento que figura en el registro mercantil. Si requieres cambiar alguna información, hazlo previamente en el registro mercantil.

  1. Según la actividad turística que desarrolles, escoges la categoría y subcategoría (Por ejemplo, alojamiento turístico – vivienda turística). 

Recuerda que las actividades o funciones que quieras inscribir deberán guardar relación con la actividad comercial del registro mercantil (en caso de ser comerciante) o con la actividad contenida en tu RUT (en caso de no ser comerciante). 

  1. Si eres comerciante, debes registrar tu capacidad técnica.  En esta se relacionan los elementos electrónicos, magnéticos y mecánicos que utilizas.
  1. Si eres comerciante, debes registrar tu capacidad operativa. En esta escribe el número de empleados, indicando el nivel de formación de cada uno.
  1. Si eres comerciante, debes diligenciar información financiera adicional. 

Seas o no comerciante, debes informar si el inmueble que utilizarás en la actividad está sometido al régimen de propiedad horizontal.

  1. Selecciona el botón finalizar y la Cámara de Comercio correspondiente te dará una respuesta en el término de 5 días hábiles, salvo en los casos de los establecimientos de alojamiento turísticos ubicados en las siguientes zonas en el Distrito de Cartagena, donde obtendrás respuesta en 15 días hábiles (Isla Fuerte, Islas del Rosario, Islote Santa Cruz, Múcura, Ararca, Barú, Santana, Bocachica, Caño del Oro, Punta Arena y Tierrabomba).

4. ¿Cómo actualizo mis datos en el Registro Nacional de Turismo (RNT)?

Cada situación que implique un cambio en tus datos o en los del servicio turístico que prestas, debe ser debidamente registrada en el RNT. Si no lo actualizas, las autoridades podrán suspender inmediatamente tu RNT hasta que cumplas con la obligación. 

Para actualizar tus datos debes:

  1. Inicia sesión con tu usuario y contraseña en el siguiente link: https://rnt.confecamaras.co/login
  1. El sistema mostrará los RNT que ya tengas y seleccionarás el que deseas actualizar.
  1. Continúa diligenciando la información y en el término de 5 días le darán respuesta a tu solicitud.
  1. Podrás consultar en el correo el estado de la solicitud o te llegará una notificación en la página. Si te devuelven la solicitud, tendrás la opción de corregir el error y continuar con el proceso de actualización, así como lo hiciste previamente.
  1. Cuando hagas la respectiva corrección, en un término de 5 días la Cámara de Comercio responderá tu solicitud. 

5. ¿El inscribirme o actualizar el RNT me genera algún costo?

Ni la inscripción ni la actualización del RNT generan costo. Únicamente tiene costo la reactivación del RNT, si éste no se renovó oportunamente.

6. ¿Cada cuánto debo renovar el RNT?

El RNT se debe renovar entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año. Recuerda que debes hacer una solicitud de renovación independiente por cada uno de los espacios  que decidas compartir.

7. ¿Qué pasa si no renuevo a tiempo?

Si no renuevas a tiempo tu RNT, éste se suspenderá inmediatamente desde el 1 de abril hasta que cumplas con la obligación. Para reactivarlo, deberás pagar 1 salario mínimo legal mensual vigente.

8. ¿Qué consecuencias te ocasiona operar sin el RNT?

Quien opere sin el RNT estando obligado a tenerlo, podrá ser sancionado, entre otras, con:

  • Multas hasta por COP$2.000.000.000 (2.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes en 2022).
  • En el caso de comerciantes, cierre temporal del establecimiento de comercio hasta por 180 días.
  • Cancelación de la inscripción en el RNT hasta por cinco años.

9. Ya tengo el nro. de RNT. ¿Cómo lo agrego a mi(s) anuncio(s) en Airbnb?

a. Ingresa a Airbnb como anfitrión y selecciona el perfil de la propiedad (click aquí).

b. Haz clic en la pestaña ‘Políticas y Reglas’ y luego baja hasta ‘Regulaciones’.

cPresiona en ‘Ver’ y ¡listo! Ahora ingresa el nro. de RNT y dale en ‘Guardar’.

* Ten siempre presente que esta guía es de carácter informativo y no debe ser considerada asesoría legal, fiscal, o de ningún tipo. Antes de tomar cualquier decisión, por favor consulta con un especialista. Recuerda que la información de este centro de recursos no será siempre actualizada en tiempo real. Verifica cada fuente y asegúrate de que la información proporcionada no haya cambiado recientemente.